Consulado General de Polonia
La circunscripción consular del Consulado General de Polonia en Barcelona atiende la zona de la Comunidad autónoma de Cataluña y las Islas Baleares.
La atención consular es posible solamente dentro de lo establecido para cada oficina consular.
Ciudadanos polacos y extranjeros son atendidos por las oficinas consulares de acuerdo con la competencia territorial, es decir según el lugar de residencia que tengan establecido.
Si la persona reside en Cataluña y/o en las Islas Baleares el consulado polaco territorialmente competente es el Consulado General de Polonia en Barcelona.
Si el lugar de residencia es el resto de España o Andorra será atendida por la Sección Consular de la Embajada de Polonia en Madrid.
NOTA: La única excepción es el trámite de solicitud de pasaporte temporal y/o con validez de diez años.
No incluye otros trámites que puedan ser necesarios para obtener un pasaporte, como presentar solicitud de declaración de nacionalidad polaca, obtener la nacionalidad polaca, traducir las actas de estado civil o inscribir las actas en la oficina de registro civil de Polonia, etc.
RECORDAMOS que entre las competencias del cónsul no están las siguientes funciones:
- proporcionar asistencia consular en la misma medida a un ciudadano polaco que reside de forma permanente en España y posee también la ciudadanía española;
- gestionar las obligaciones financieras, tales como deudas, multas, costas judiciales, etc;.
- proporcionar los servicios que realizan las oficinas de turismo, bancos, compañías de seguros y empresas de transporte;
- mediar en la obtención del empleo o la vivienda;
- intervenir en conflictos de derecho civil (empleo, la compra de servicios de viajes, etc.).
- actuar como un abogado o representante legal.
Consulado General de Polonia
Dirección: Avda. Diagonal, 593-595 6º 1ª Barcelona
Teléfono: +34 93 322 05 42
Fax: +34 93 322 29 07
e-mail: polonia@kgbarcelona.org
Website: http://www.barcelona.msz.gov.pl/es/
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